Posts tagged: patrimonio

Manual y guia facil para la renta 2013

Este año hacienda nos ha obsequiado con el manual unos dias antes de lo acostumbrado. Y viendo el mismo no es de extrañar que lo haya hecho así, porque como cada año hacer la declaración es mas complicado, este año el dichoso manuel tiene casi mil páginas, concretamente 974.  Como el año pasado tiene dos partes, una para la Declación de la renta 2013 (capítulos 1 a 18) y otra para la declaración del patrimonio (capítulos 19 y 20).

Cada uno de estos bloques temáticos tiene un apéndice normativo en la que se recoje la ley y reglamento de cada uno de estos tributos, con referencia a la normativa autonómica que sea de aplicación.  Este apéndice viene perfectamente concordado, con anotaciones de interés que nos hará mas facil su comprensión.

La guia explica de forma exhaustiva cada uno de los apartados de las 15 páginas de la declaración, y los siete anexos que la acompaña.  Tambien contiene un anexo con tablas de interés (amortizaciones, codigos de territorios, modulos aplicables a 2013, etc).  Imprescindible ante cualquier duda en la cumplimentación. Read more »

Fechas Clave de la Renta 2012

BORRADOR DE LA RENTA.

Desde el 02 de abril se podrá obtener el número de referencia del borrador así como los datos fiscales.    También desde el mismo día 02 de abril se prodrá confirmar el borrador por internet (no mediante la personación en las oficinas de la Agencia Tributaria), siempre que el resultado sea a devolver, negativao o a ingresar sin domiciliación bancaria.  Para los que les resulten a ingresar y domicilien el borrador el plazo termina el día 26 de junio, y para el resto el día 01 de julio.

RENTA Y PATRIMONIO.

Desde el día 24 de abril se podrá presentar -exclusivamente por internet- la declaracion de renta 2012, así como la declaración de patrimonio de 2012.  Los que opten por presentar la declaracion de renta presencialmente en la Agencia Tributaria o entidades colaboradoras así como los borradores o el modelo del impuesto del patrimonio tendrán que esperar al día 06 de mayo, en que comienza el periodo de presentación mediante estos medios.  En todo caso aquellas declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria tienen de plazo máximo hasta el día 26 de junio para su presentación, y el resto declaraciones prodrán presentarse como último día de periodo voluntario el día 01 de julio.

Manual y Guia fácil de la Renta 2011

La Agencia Tributaria ha editado el Manual de Renta 2011 que es una herramienta imprescindible de consulta para resolver las dudas para poder cumplimentar correctamente nuestra declaración. Como cada año el manual contiene una profunda explicación de todos los elementos del tributo y que además acompaña las explicaciones con ejemplos prácticos que nos facilitan su entendimieno. Ese año ese manual tiene nada menos que 894 páginas y contiene Read more »

¿Y la desaparación del impuesto sobre el patrimonio?

Aprobada según la página de la Moncloa en Consejo de Ministros celebrado el día 18 de abril, la medida de eliminación del gravamen del impuesto sobre el patrimonio no ha llegado a ver la luz.   En el BOE del día 22 de abril se publicó el Real Decreto-LEY 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica en el que debería de haberse incluido la medida anunciada, pero oh! sorpresa que por más que leemos no lo encontramos.  Sería de agradecer que alguien arrojara algo de luz sobre el tema, pues empiezo a pensar que a alquien se le ha olvidado algo. 

Descarga del Programa de Renta 2007 (programa padre)

Está disponible para su descarga el programa de renta 2007.    El Programa de Ayuda a la Declaración de Renta para Renta 2007, versión Windows 95, 98, 2000, Me, XP, NT y 100% compatibles, es un producto informático elaborado por la Agencia Tributaria para facilitar la confección de la declaración del IRPF y del PATRIMONIO a aquellos contribuyentes que lo deseen.

Tiene las siguientes características básicas: 

  • · ALMACENAMIENTO de los datos para su posterior revisión (máximo 50 declaraciones).
  • · EXPORTACIÓN / IMPORTACIÓN de declaraciones del ejercicio 2007 para permitir el intercambio de declaraciones entre ordenadores personales.
  • · INCORPORACIÓN DE DATOS PERSONALES de 2006. Esta opción permite recuperar los datos personales de las declaraciones de IRPF 2006.
  • · RESUMEN de los resultados de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta según el tipo de tributación: INDIVIDUAL o CONJUNTA.
  • · IMPRESIÓN de las declaraciones en una impresora gráfica (láser o inyección de tinta), con una resolución mínima de 300 d.p.i. La declaración impresa incluye el documento de ingreso o devolución y puede ser presentada directamente.
  • · GRABACIÓN de la información en un código de puntos impreso en la zona superior de la primera página de la declaración (página 0), que agilizará el procedimiento posterior, especialmente si se trata de declaraciones con derecho A DEVOLUCIÓN.
  • · GENERACIÓN de un fichero con la información necesaria para presentar su declaración por vía telemática mediante la opción contemplada para este fin en la página WEB de la Agencia Tributaria (http://www.agenciatributaria.es).
  • · DESCARGA de un fichero con los datos fiscales, generado a partir de la información que la AEAT posee del contribuyente. Estos datos podrán ser incorporados directamente a su declaración. La descarga del fichero puede realizarse de dos formas:
  • – Por medio de una conexión con internet y la existencia de un certificado de firma electrónica admitido por la AEAT (por ejemplo, el expedido por la FNMT).
  • – Por medio de una conexión con internet y la inclusión del número de referencia de alguno de los productos fiscales expedidos por la AEAT para el ejercicio 2007 (por ejemplo, el borrador o los datos fiscales recibidos por correo).

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¿Quién está obligado a presentar el impuesto sobre el patrimonio?

Este año estarán obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio las siguientes personas:

  1. Los contribuyentes sometidos al Impuesto por obligación personal, cuando su base imponible, determinada de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto, resulte superior al mínimo exento (la base imponible se reducirá en este caso, en concepto de mínimo exento, en el importe que haya sido aprobado por la Comunidad Autónoma. Si la C.A. no hubiese regulado el mínimo exento, la base imponible se reducirá en 108.182,18 euros)  que procediere, o en todo caso cuando aún no superándose el mínimo exento, el valor de sus bienes o derechos, resulte superior a 601.012,10 euros.Cuando un residente en territorio español pase a tener su residencia en otro país podrá optar, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Impuesto, por seguir tributando por obligación personal en España. La opción deberá ejercitarse mediante la presentación de la declaración por obligación personal en el primer ejercicio en el que hubiera dejado de ser residente en el territorio español.En el supuesto de obligación personal, el impuesto se exigirá por la totalidad del patrimonio neto del sujeto pasivo con independencia del lugar donde se encuentren situados los bienes o puedan ejercitarse los derechos.
  2. Los contribuyentes sometidos al Impuesto por obligación real, cualquiera que sea el valor de su patrimonio neto, exigiéndose el impuesto en este supuesto por los bienes y derechos de que sea titular cuando los mismos estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español.

A esta misma obligación real de contribuir quedarán sujetas las personas físicas que hayan adquirido su residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento a territorio español por motivos de trabajo y que, hayan optado por tributar en este impuesto por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

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