Está disponible para su descarga el programa oficial de la AEAT. Este programa ha sido elaborado por la Agencia Tributaria para facilitar a los contribuyentes incluidos en el régimen de estimación objetiva del IRPF y en el régimen simplificado del IVA, la cumplimentación de las declaraciones-liquidaciones trimestrales correspondientes al ejercicio 2009; es decir, los pagos fraccionados del IRPF (modelo 131) y los ingresos a cuenta del IVA (modelo 310). Read more »
En referencia al rumor de que el Gobierno estudia subir el IVA, el ministro de Hacienda ha manifestado en una entrevista en Radio Nacional de España que «Conceptualmente la idea es atractiva: es decir, bajar el coste de las empresas y el dinero que necesitamos para financiarnos por la caída de esos ingresos, lo pagamos todos los ciudadanos de forma más o menos equitativa y, a cambio de eso, podemos exportar mejor y ser más competitivos en términos internanuales«.
Sin duda, una idea que no puede calificarse como socialista, ya que grava el consumo sin tener en cuenta el nivel de rentas del contribuyente para favorecer la tributación personal, bajando la tributación por impuestos personales de las empresas y personas físicas.
Dice un refran que cuando el rio suena, agua lleva, por lo que a buen seguro que no tardaremos mucho en comprobar como nos suben todos los tipos de IVA que ahora se están molestando en recordarnos que son unos de los mas bajos de Europa.
La IHE (organización profesional de inspectores de Hacienda del Estado) ha atribuido la bajada de la recaudación de determinados impuestos como el IVA y el IMPUESTO DE SOCIEDADES a un aumento en el fraude fiscal.
Y es que para esta asociación no parece existir la crisis, más bien parecen entender que los contribuyentes deberían seguir ingresando las mismas cantidades de IVA pese a la bajada escandalosa del consumo. La solución para esa bajada de ingresos que propone la asociación de inspectores que se está defraudando sería entre otras la dotación de más personal a la Agencia Tributaria, el endurecimiento del delito fiscal y la creación de una policía fiscal para la persecución del fraude.
Sería de agradecer que también propusieran algo que funcionara para salir de la crisis económica y hacer que el pais funcione, crezca la economía y por ende la recaudación.
Los contratos de arrendamiento de vivienda sometidos a prórroga forzosa en el IRPF (anteriores a 09-05-1985) siempre que no tengan derecho de revisión de la renta pueden disfrutar de una deducción fiscal que consiste en multiplicar por dos el gasto deducible en concepto de amortización por la depreciacion del inmueble.
La amortización máxima a aplicar por la depreciación de los inmuebles en el IRPF es el resultado de aplicar el porcentaje del 3 por 100 sobre el mayor de los siguientes valores:
a) Coste de adquisición, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición. (notaría, registro, IVA no deducible, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, gastos de agencia, etc.) sin incluir en el cómputo el valor del suelo. En las adquisiciones de inmuebles por herencia o donación, sólo tendrá la consideración de «coste de adquisición satisfecho» la parte de los gastos y tributos inherentes a la adquisición que corresponda a la construcción, así como la totalidad de las inversionesy mejoras efectuadas.
b) Valor catastral, excluido el valor del suelo. Cuando no se conozca el valor del suelo, éste se calculará prorrateando el coste de adquisición satisfecho entre los valores catastrales del suelo y de la construcción de cada año reflejados en el correspondiente recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
Tags: arrendamiento, deducción, ibi, IRPF, IVA, renta, renta antigua, valor catastral, vivienda
alquiler, amortización, compensación, valor catastral | Eduardo | 15 abril, 2008 01:13 | Comments (3)
La Agencia Tributaria ha liberado el programa para la confección de los módulos del ejercicio 2008. Como siempre, confecciona los modelos 131 (pagosfraccionados de renta – IRPF) de los cuatro trimestres del ejercicio 2008 (1T, 2T, 3T y 4T) y los tres trimestres (1T, 2T Y 3T) del modelo 310 (pago fraccionado de IVA). El último trimestre del pago fraccionado del IVA en el sistema de módulos se realiza en el modelo 311 (4T). El programa posibilita las siguientes funciones:
– CAPTURAR los datos identificativos del contribuyente, los datos base y la información adicional necesaria para realizar las liquidaciones.
– ALMACENAR los datos para su posterior revisión (máximo 50 declaraciones).
– VISUALIZAR los resultados de las liquidaciones efectuadas.
– IMPRIMIR las liquidaciones en el modelo oficial (en una impresora gráfica láser o inyección de tinta, con una resolución mínima de 300 d.p.i.) y en borrador.
– OBTENER UN FICHERO de cada una de las declaracioens-liquidaciones para su presentación telemática a través de Internet.
Descarga del programa: (actualizado a versión 2.0)
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Tags: IRPF, IVA, modelo 130, modelo 131, modelo 310, modulos, presentación telemática, programa de ayuda, Programas de Ayuda, trimestres
Agencia Tributaria, internet, IVA, modelo 310, modulos, Programas de Ayuda, trimestres | Eduardo | 29 marzo, 2008 09:46 | Comments (10)