En el ejercicio 2010 hemos tenido varias novedades en relación con la vivienda habitual. Hemos visto cómo la deducción por adquisición menguaba hasta límites irrisorios, pero en el lado positivo (aunque después le pongamos el «pero») tenemos la creación de una nueva deducción por las cantidades invertidas en las mejoras de la vivienda habitual.
No todas las cantidades invertidas darán derecho deducción Read more »
La Ley 39/2009 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las personas en situación de dependencia ha supuesto un gran avance en materia de protección de personas en situación legal de depedencia. Pero a muchas personas les surge la duda si dichas rentas hay que declararlas o no. Read more »
Tratamos hoy un tema muy interesante, por su calado social. Y es que no son pocas las veces que se utiliza la denominada renta vitalicia. La renta vitalicia inmobiliaria es un contrato de derecho civil privado en el que una persona cede un inmueble (generalmente la nuda propiedad) a cambio de una renta pagadera por el cesionario mientras el cedente viva. Read more »
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dependencia, discapacidad, exención, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta, rentas exentas, vivienda | Eduardo | 21 junio, 2009 18:45 | Comments (1)
La base imponible general se puede ver reducida por varios motivos: Reducción por tributación conjunta; por aportaciones a planes de pensiones y planes de previsión asegurados; por aportaciones a seguros de dependencia; por aportaciones a patrimonios protegidos y sistemas de previsión de discapacitados; por aportaciones a partidos políticos; por aportaciones a mutualidades de deportistas de alto nivel y por último por el pago de pensiones alimenticias (excepto en favor de los hijos) y compensatorias.
Las pensiones compensatorias están concebidas por el código civil como la forma legal de compensar al cónyuge separado que ha visto su situación económica empeorada por razón de la separación o el divorcio (artículo 97 del Código Civil). Las consecuencias fiscales de la fijación judicial o mediante convenio aprobado judicialmente de este tipo de pensiones son las siguientes: El alimentista (el que paga) podrá reducir su base imponible en la cuantía que haya abonado, sin que la misma pueda ser negativa. Para el pensionista (receptor de la pensión) el pago supondrá un rendimiento del trabajo sin retención alguna; lo que le influirá en los límites para estar obligado a realizar la declaración de la renta.
Las pensiones alimenticias (143 del C.C) es la plasmación legal de la obligación de facilitar alimentos a quien legalmente tiene ese derecho por razón de parentesco y con las condiciones establecidas en ese artículo. Las personas obligadas a facilitarse alimento son los cónyuges, ascendientes, descendientes y hermanos. En todo caso para el perceptor de estas pensiones estamos ante un rendimiento del trabajo plenamente sujeto a tributación y sin retención y para el caso del pagador varía entre si se paga a un hijo, en cuyo caso la pensión no reduce la base imponible general, pero sí se somete a gravamen de forma separada al resto de rendimiento para que la tributación sea más «suave» y la pensión que se paga al resto de las personas señaladas, en cuyo caso sí reducen la base imponible general (no puede llegar a ser negativa y está condicionada a que sea fijada por resolución judicial).
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hijos, pensión alimenticia, pensión compensatoria, reducción, rendimientos del trabajo | Eduardo | 12 junio, 2008 01:06 | Comments (5)
Se consideran rendimientos íntegros del trabajo las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su forma (dinerarias o en especie) que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas. De acuerdo con la definición contenida en el artículo 17.1 de la Ley del IRPF, los rendimientos del trabajo tienen las siguientes características: Read more »
Tags: becas, clases pasivas, compromisos por pensiones, cursos, desempleo, dietas, discapacidad, fondos de pensiones, gastos de viaje, mutualidad, pensiones, plan de pensiones, planes de pensiones, prestaciones por desempleo, promotores, rendimientos del trabajo, sueldos, sueldos y salarios
becas, clases pasivas, compromisos por pensiones, desempleo, dietas, discapacidad, gastos de viaje, gran invalidez, mutualidad, pensiones, plan de pensiones, planes de pensiones, prestaciones por desempleo, rendimientos del trabajo, sueldos y salarios | Eduardo | 14 abril, 2008 14:07 | Comments (48)