Como aplicar la deducción de los 400 euros en la renta de 2008

10 preguntas básicas sobre los 400 euros y la renta de 2008 a presentar en el 2009
1. ¿Quien tiene derecho a cobrar la deducción de los 400 euros?
Solo los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (asalariados y pensionistas) o de actividades económicas (autónomos) y que tengan una cuota positiva en la declaración de la renta.

2. ¿Es una deducción temporal?
No. El gobierno reformó la Ley y la configuró como una deducción de caráter permanente, es decir con vocación de permanencia y por tanto aplicable a todos los ejercicio a partir del 2008.

3. ¿Cómo se ha realizado en el 2008?
Durante el año 2008, en las nóminas del mes de junio, las retenciones se vieron reducidas en unos 200€ cómo máximo y el resto del importe, hasta 400€, se dedujeron en los restantes meses hasta finalizar el año (a través de una rebaja en el tipo de retención aplicable en los mismos).
Los autónomos que realizaron pagos fraccionados trimestrales pudieron beneficiarse a partir de julio de una deducción de 200€ y de 100€ en cada uno de los dos siguientes pagos (octubre 2008 y enero 2009). Aquellos autónomos que no están obligados a presentar el modelo 130 o 131 podrán aplicar la deducción cuando presenten la declaración del IRPF.

4. ¿Cómo se declarará en la renta del ejercicio 2008 a presentar en el 2009?
En la renta del 2008 la deducción de los 400 euros se declarará en la casilla 735.

5. ¿Qué ocurre con quienes no tienen que presentar declaración?
Si una persona no viene obligada a presentar declaración de la renta por no superar los 22.000 euros de rendimiento del trabajo con un único pagador, que es el caso más habitual, pero obtiene rendimientos del trabajo sometidos a retención, sí podrá beneficiarse de la deducción de los 400 €. Bien a través de una reducción en sus retenciones, bien en la liquidación del impuesto a través de la declaración que siempre podrá presentar si le resulta a devolver. Repetimos que se declara en la casilla 735 del modelo del IRPF

6. ¿Qué ocurre con quienes pagan a Hacienda menos de 400€?
Para tener derecho a la deducción es necesario tener rendimientos del trabajo o de actividades económicas y para disfrutar de la totalidad de la deducción, debe tributar en el IRPF (cuota líquida), al menos, por 400 euros. Si la cuota a pagar es inferior a esa cantidad, la deducción se limitará a la cuota que resulte, no alcanzando la totalidad de los 400€ que opera como límite máximo. Esto supone que quienes en la actualidad pagan menos de 400€ en concepto de IRPF, quedarán totalmente exentos y por tanto no pagarán nada por este impuesto.

7. ¿Y pasa con los que les retienen menos de 400 euros?
Si las retenciones del trabajo no alcanzan los 400€, la minoración en las mismas tiene como límite el importe de la propia retención, por lo que no se retendrá nada. Eso sí, si posteriormente en la declaración, la cuota liquida fuera superior a 400 euros, se podrá aplicar el importe total de la deducción.

8. ¿Cómo se liquida la deducción en la declaración de la renta de 2008?
Se incluirá en la casilla 735 para la deducción de los 400 euros.

9. Los contribuyentes que presenten declaración conjunta, ¿Se beneficiarán de una deducción de 800 euros en lugar de 400 euros?
No, la deducción de 400 euros se aplicará por declaración. Esto es consecuencia de las normas aplicables con carácter general a la declaración conjunta, según las cuales los importes y límites cuantitativos establecidos a efectos de la tributación individual (incluidos los beneficios fiscales) se aplicarán en idéntica cuantía en la tributación conjunta, sin que proceda su elevación o multiplicación en función del número de miembros de la unidad familiar.
Esto quiere decir que habrá que estar muy pendientes porque puede interesar en muchos casos hacer dos declaraciones individuales en vez de una conjunta para aplicar 800 euros (por la suma de 2 rentas x 400 €) y no una sola declaración con una sola deducción de 400 €.

10. ¿Va a salir esto gratis?
Esta medida costará al Gobierno 6000 millones de euros por año, que dejarán de ingresar las arcas públicas.

102 comentarios a “Como aplicar la deducción de los 400 euros en la renta de 2008”

  1. Veronica dice:

    ¿Los 400 € son para todos los trabajadores?jo tengo contrato de mayo hasta noviembre(5-6 meses),en mis nominas viene el irpf de siempre de 2%,tenia paga extra julio 122 – 110,50E, y paga extra nadal 123 -5,66 euros.¿ Eso significa que la impresa me ha pagado solo 123+5,66=128,66 euros? Y ahora yo tengo que pagar 1000 euros…
    ¿Puede ser hay que pedir la declaracion de la renta conjunta con mi marido?
    No entiendo nada………..

    • Annie dice:

      Si solo pagas 2% y no puedes desgravar por hijos y hipoteca etc es bastante normal que tienes que pagar. Por no recibir la deduccion de los 400 € tendrias que cobrar bien poco (al año) menos de 4000€ por ejemplo. Tiene que estar en la casilla 735.

      Annie

    • alfredo dice:

      veronica ten en cuenta que el 2% es poquisimo ,asi que es logico que te salga a pagar ,si la haces conjunta con tu marido es posible que sea mejor ,pero no siempre es asi ,ademas ten en cuanta que lo que tu ahora pagas ,se quitare de la conjunta ,sin hace calculos es imposible saberlo ,lo mejor es ir y que te la realicen el mismo programa dice como sale mejor,si separada o conjunta ok

  2. Jogafer dice:

    En mi borrador aparece la deducción de los 400 € en la casilla 735 pero durante el año 2008 ya me los dedujeron del IRPF.(200 € en junio y el resto en los 6 meses siguientes). ¿Es mi borrador uno de los erroneos?

    • Annie dice:

      Es correcto (digo yo) tiene que figurar en esa casilla como una deduccion, los impuestos que pagaste a lo largo del año tambien estan…casilla 742.

  3. Leumas dice:

    Hola,el año pasado de devolvieron en Junio 200 € (disminuyendo el IRPF) y los otros 200 entre Julio y Diciembre; estoy haciendo la declaración de la renta 2008 con el programa padre y veo que en la casilla 735 tengo una deducción de 400 €. Esto es correcto o hay error en el programa?

    • alfredo dice:

      leumas como veras esa cantidad sale automaticamante,no se puede modificar y es fija para todos ,lo mismo si lo has cobrado por adelantado que si aun no

  4. paco_jimeno dice:

    Una pregunta:
    A mi en la casilla 732 me sale una cantidad menor de 400 (casilla 735) al aplicar la cuenta vivienda, pero en la casilla 741 (Cuota resultante de la autoliquidacion) que en mi caso se calcula casilla 732 – casilla 735 seria 244-400 y me aparece el valor 0 es correcto o tendria que poner -156?.
    Un saludo y gracias

    • Raquel dice:

      Hola Paco, yo ayer estuve tratando en tema con la agencia tributaria por teléfono, llamé dos veces, la primera me dijeron que la casilla 741 (cuota resultante de la autoliquidación) podía salir negativa, pero la segunda vez que llamé (porque dicen que se les fué el sistema), además de tratarme fatal, me dijo que la cantidad 0 era correcta. De todos modos he vuelto a pedir el borrador y seguramente consulte a un gestor, porque me parece que el gobierno quiere sacar de donde no hay….

      • annitta dice:

        Mirando los calculos entiendo que en la casilla 741 debe poner 0, que indica que por lo rendimientos de todo el año no debes pagar nada, no puede salir negativa porque el estado no te va a pagar a tí (solo devuelve lo ya pagado), si hay pone cero luego en la (754) pondra la cantidad que te han retenido y la cuota diferencial (755) te saldrá negativa. Es decir te devuelven todo lo retenido en el año.

      • alfredo dice:

        raquel imagina que la casilla 741 la pones nagativa ,luego en la 742 y demas tienes que poner lo que te han descontado de irpf ,al final se suma
        te sale una cantidad mayor que lo que te han quitado durante el año y hacienda solo devulelva hasta lo que te quita no mas

        por eso esa casilla como mucho es 0 ademas esa casilla no se puede modificar ,nunca podrias poner una cigra negativa ,el programa no deja ok
        saludos

    • sheila dice:

      hola Raquel. al final que has hecho con lo de la renta?? lo has confirmado con la 741 en 0, o se puede poner en negativo. Tengo un caso exactamente al tuyo y no se que hacer.

  5. Raquel dice:

    José Miguel perdona, correctísimo el qué? que la cantidad es fija o que tiene que reducir y poner la real? Gracias

    • alfredo dice:

      que la cantidad de esa casilla 735 es fija ,para ti y para todos ,y si solo te descontaron 200 ,pues como mucho esa sera la cantidad que te den ,la resta nunca sera negativa
      200-400= 0 nunca -200

    • alfredo dice:

      es fija y es 400 siempre y la resta nunca negativa

  6. Raquel dice:

    Buenos días, yo tengo una duda. Yo, por mi mísero sueldo, no llego a la retencíon de 400 € al año, imaginemos que llego a 200 € (total devuelto nómina a nómina según ley), con lo cual, en la casilla magica 735, sólo tendrían que aparecen los 200 € y no los 400 € (que ni por asomo he recibido). Es así? o la cantidad de 400 € en la casilla 735 es fija? Gracias

  7. juan luis dice:

    a mi me devolvieron 180 E y me dijo mi jefe ke el resto .. me lo devolverian cuando haga la declaracion de la renta y mi preguntas es como debo hacer la declaracion de la renta que es la primera vez que lo hago .. o ke es lo ke tengo ke colocar en la casilla 735 .. espero me respondas gracias

  8. […] problema reside en el calculo erróneo de la deducción de los 400 euros que hace en exceso el borrador y que parece que beneficia a los contribuyentes en determinadas […]

  9. ppillo44 dice:

    A ver, soy autónomo y segun me he informado yo me puedo deducir los 400 euros de dos formas.
    1ª Quitando 100 de cada liquidacion trimestral (en 2008 fue distinto pq la ley entro en vigor cuando ya se habia liquidado el priemr trimestre) O
    2ª sigo liquidando lo de siempre y cuando haga la renta añado los 400e, por lo que se añadiria a la casilla de lo positivo (si me tienen que devolver 100, me devolveran 500 y si tengo que pagar 600 solo tengo que pagar 200)
    si es verdad que «zp es un sinverguenza» como he leido, me quereis decir que pasaria en el segundo caso? como se benefician ellos de los 400 e?

  10. David dice:

    En fin… ZP nos ha vuelto a engañar. si es que somos unos borregos y nos creemos todo lo que nos dicen.
    No aprendemos… Ista Ista Ista…

  11. J.D. dice:

    Yo tengo una duda, a ver si me la podeis resolver.
    El famoso mes de junio el irpf que me tenían que retener (un 2%) no me lo retuvieron, la nómina lo ponía en positivo y luego en negativo. Luego en julio me retuvieron el 2% de cada mes, y en agosto me despidieron y en la liquidación seguía la retención del 2%.
    En el borrador no me aparece casilla 735 y me sale que han de darme dinero como cada año (ni hipoteca, ni coche, ni na de na). ¿Tengo derecho a cobrar algo de esos 400 euros?

    • Jose Miguel dice:

      Si no pagas IRPF no hay descuento ni de cuatrocientos euros ni de nada. Saludos

      • J.D. dice:

        Pero es que en julio y agosto SÍ me retuvieron el IRPF completo. ¿Entonces sólo tendría derecho a la retención de esos dos meses?

        • alfredo dice:

          tendrias que calcularlo pero imagina que haces la declaracion y como solo te han descontado un 2% cuando tendria que ser un 5% hacienda te sala a pagar ,ese 3% que son mas de 400 € en lugar de cocbra pagarias y es que por diferentes motivos no estas obligado a hacer la declaracion pero si la hicieras pagarias ,y si quieres tener la opcion a esos 400 entonces tienen que declarar
          asi que …….. solo te veneficiaria se tubieras que pagar menos de esos 400 porque entonces algo te sobraria despues de pagar jejje

  12. José Manuel González dice:

    Hola, en el 2008 cobre los 200€ a mes de Junio pero de los otros 200€ nada durante el 2º Semestre del año. Pregunte en administración de mi empresa ya que en mis nóminas las retenciones eran las normales de siempre. Me dijeron que en la renta me deberían de devolver los restantes 200€.
    El caso es que me ha llegado el borrador y en la casilla 735 me vienen 400€.
    ¿Debería modificarlo?

    • jesu dice:

      Yo estoy en la misma situacion, cobre en Junio 115 euros de mas (lo que se me retenia) y el resto de meses normal (eso si, bajaron el % de retencion), entiendo pues que en la casilla 735 debo modificarla y poner 115 euros ¿no?

  13. MERCEDES dice:

    En julio tuve los 200 euros, de agosto a diciembre me subió la retención (no sé por qué) y bajó el sueldo neto (no he visto los otros 200 por ningún sitio). Ahora en el borrador me pone los 400 en la casilla 735 (la gestoría que hace las nóminas me comentó que en renta me los darían, pero es que en el borrador me pone que tengo que pagar 135 euros!!) no lo entiendo!! (no hubo ningún cambio de sueldo, ni horas extras, ni nada de nada, sólo me ha ido bajando el sueldo…)

    • Ricardo dice:

      De julio a diciembre las retenciones tendrían que haber bajado. Y si en la renta te pone que pagas 135 euros es por que te salía a pagar 135+400 euros.

  14. Peque dice:

    Hola, tengo un duda, a mi no me retienen nada en la nómina, y por el cual no he recibido esos 400 €. Si al hacer la declaración de la renta estos 400 euros sería una devolución?, o por el hecho de no haberlos cobrado por no retener, no tengo derecho a cobrarlos ahora. Gracias

  15. silvia dice:

    Buenos dias, yo tambien he recibido el borrador pero al contrario de todos a mi me devuelven 400 euros de mas. En la casilla 735 constan los 400 €. Es correcto, en la nomina de junio solo recuerdo los famosos 200 € nada mas. Gracias

    • Chelo dice:

      Buenas tardes. Veo por vuestros comentarios que teneis dudas sobre los 400€ y que vais a obtener este años menos devolución. Esto es muy sencillo: en la declaración de la renta nos devuelven un % de lo que durante el año nos han estado reteniendo en la nómina, evidentemente si en el mes de junio y siguientes hasta diciembre la retención fue menor, la devolución será menor. Si por ejemplo las retenciones hubieran ascendido a 1000 euros nos devolverían un % de ahí, pero al habernos retenido menos en junio y siguientes en vez de ascender a 1000, ascenderan a 600 y por tanto el % de devolución será menor. O que os pensabais que ZP nos iba a regalar el dinero así como así?? Inocentes….

      • Ricardo dice:

        Si es como tu dices, y viendo varios borradores lo confirmo, lo de los 400 euros de ZP fue una tomadura de pelo. Me explico, lo único que hicieron durante junio-diciembre fue adelantarte lo que ya era tuyo.

        • Jessi dice:

          No os enterais de nada vais de listos y lo único que hacéis es liar mas a aquello que tienen dudas. Yo creo que si os hubierais leido un poco este blog no hariais comentarios como estos. Si nos han dado esos 400 euros durante el 2008, bien como deciis son 400 euros que nos han retenido de menos, y es por eso precisamente que en la casilla 735 de la declaración figuran 400 euros como deduccion. De esta forma no se sale perjudicado.

  16. Leticia dice:

    Pensaba que tenía este tema bastante claro, pero al recibir mi borrador de la renta me surgen dudas… Mi empresa sólo me ha dejado de retener el IRPF de junio y de la paga extra de verano, en total 125’82€. He mirado la famosa casilla 735 y aparecen reflejados 400€. ¿Esto significa que para Hacienda ya «he cobrado» los 400€ completos? Gracias!!

  17. MARTA dice:

    Buenos días, he recibido el borrador y en la casilla 735 me aparecen los 400€, y me sale a pagar pero en mi empresa no me han pagado 200€ en junio ni me han rebajado en los siguientes meses ningun importe en cada nómina, ¿qué me tiene que poner en la casilla 735 si no he cobrado los 400€?

    Gracias

    • Ricardo dice:

      la casilla está bien puesta pero tu empresa no te dió los 400 euros, pero es que realmente la empresa no da el dinero, lo único que hacen es rebajarte el irpf de cada mes y darte la diferencia, diferencia que antes ingresaban trimestralmente a hacienda.

      • MARTA dice:

        Hola Ricardo, tampoco me han retenido menos, he tenido la misma retencion durante todo el año, ¿entonces que hago?, ¿me los tiene que pagar Hacienda?

  18. Ricardo dice:

    Un caso confirmado teniendo el borrador y el certificado de retenciones delante: si eres mil eurista y estás pagando una hipoteca de 500 euros todos los meses, en tu devolución de hacienda tendrás 400 euros menos que otros años. Confirmadísimo. Una tomadura de pelo.

    • cba dice:

      Pero Ricardo a que cuando los recibiste no te quejaste?? En junio fué una alegria recibir mas dinero y ahora te quejas?? venga hombre, la cuestión es quejarse

      • maria dice:

        ?quejarnos? ?y porque no? Nos han enganñao como a los chinos,se creen que somos tontos(socialistas sinverguenzas)

      • Ricardo dice:

        A ver amigo/a, primero el borrador no es mio. Segundo, claro que todos se alegran de recibir más en las nóminas, pero es que LO QUE RECIBISTE YA ERA TUYO POR DERECHO. Y tercero, que no diga ZP que dan 400 euros a cada trabajador cuando realmente lo único que han hecho es darte algo que ya era tuyo.

        • mondp dice:

          Solo se ve lo mano, el todo es quejarse, a ver si nos paramos a pensar que todas aquellas personas que no hacen la declaración de la renta, se han visto beneficiados con esta medida que te da de manera total o parcial los 400 € . No haciendo la declaración de la renta no tienes derecho a nada ya que tus devoluciones son en concepto de tus retenciones y de tus pagos (hipotecas, hijos etc, si no tienes nada que declarar no tienes nada que recibir, en el mejor de los casos. Con esta medida, al que le devuelven con la RENTA, se lo han echo fraccionado en las nominas de junio a Diciembre, presirviendo menos en la renta’08, y al que no le devuelven, le han dado una alegría en estos 6 meses, cantidad, que de no ser así, no la hubiera visto ni en sueños.

    • pipe dice:

      Vamo a ver si os enterais. En la nomina de junio nos deolvieron 200 de etenciones practicadas en los 6 primeros mese del año. Los siguientes 200 en los seis meses siguientes aplicandonos menos retencion con lo que ya tenemos los 400. Si hacemos la declaracion, como hemos pagado 400€ menos a hacienda nos devolverian 400€ menos o tendríamos que pagar 400€ mas según el caso, de ahi que en la casilla 735 tengamos que deducirnos 400€ para que no pase esto por loq que ealmente nos han ragalado los 400€.

    • alfredo dice:

      anda calculalo bien ,porque te confundes

  19. Jose Antonio dice:

    Tengo el mismo problema que Miguel, he recibido el borrador y…..SORPRESA….este año me devuelven 400€ menos….es correcto ?????

    Muchas gracias!!!

    • agroman dice:

      Si la ley tributaria no ha cambiado, es correctísimo. Te han retenido menos que otros años, así que te devuelven menos. Por la cuenta la vieja: si te retienen 20 y debes de pagar 15, te devolverán 5. Si ahora te retienen 19 y debes de pagar 15(la ley tributaria no ha cambiado) pues te devuelven 4.

  20. Miguel dice:

    Ya he recibido el borrador. Entonces por lo que entiendo, tengo en la casilla 735 declarados los 400€. Asi que este año me sale a devolver 400€ menos. Que es esto? Una tomadura de pelo??

  21. Romen dice:

    Hola, mi caso es el siguiente:
    Desde Enero a Mayo de 2008 trabaje para una empresa(retenciones al 10%), pero desde Junio hubo cambio de empresa y al ser un contrato de obras y servicios me pusieron las retenciones al 2%, por este motivo en junio me dedujeron 28,33 euros(2% de 1416,66 mi salario bruto), desde Agosto solicite a la empresa que me pusieran las retenciones al 10%, pero no me han dejado de retener los 33 euros desde julio a Diciembre. No se si me he explicado bien, en definitiva quiero decir que de los 400 euros solo me han devuelto 28,33. Ya tengo el borrador y en la casilla 735 me aparece un valor de 400… como puedo saber si es correcta la declaración, porqué no me aparece el valor de (400 – 28,33)?? ¿ Deberian devolverme algo mas??
    Muchas gracias por su atención y espero puedan responderme algo.
    Un saludo.

  22. jesus dice:

    mi jefe paga el irpf por mi y dice que no me tiene que dar nada.en mis nominas viene el irpf de siempre.¿me puede venir a mi 400€ menos en la declaracion? ¿es normal que no ponga nada en la nomina? y ¿es normal que el irpf sea el mismo de siempre?

    • jose_C dice:

      Los 400 € son para los trabajadores que tienen retención. Si en tu caso, que no sé si será tu jefe te aplica siempre la misma retención casi te viene mejor porque al final en renta te devolverán los 400. Pero si no te retienen nada, no te van a delvover nada. Si teneis pactado un sueldo independientemente de la nómina, va a resultar que quien se está ahorrando los 400 es tu jefe.

    • CARRERO dice:

      Si el importe bruto de tu nómina ha sido igual durante todo el año, y el IRPF estaba correctamente calculado desde enero, a partir del mes de julio debería haberse reducido el porcentaje aplicado. Si no fué así, problablemente te devolverán 400 euros adicionales cuando hagas la declaración de renta.

  23. nadia nacim dice:

    en 2008 tenia baja de maternidad y en la nomina no tenia irpf quiero saber si conta 4 meses de baja o no

    • CARRERO dice:

      En la declaración de renta deberás poner todos los ingresos recibidos durante el año 2008, incluido lo cobrado durante la baja por maternidad.

  24. lauras dice:

    hola quisiera hacer una pregunta.
    En 2008 adquirimos mi novio y yo una vivienda que todavia esta en construccion. Ya hemos dado unas cantidades a cuenta y me han comentado que las declare para beneficiarme de las ayudas que conlleva.
    El caso es que yo trabajo a jornada completa y el no, es un parcial de 20h y no le retienen nada de IRPF y no esta obligado a hacer la declaración.
    Es normal que tengamos que poner los 2 el dinero entregado a cuenta de la vivienda o deberia ponerlo yo solo?
    Gracias!

    • edu dice:

      teneis que declararlo segun vuestro portentaje de participación (seguramente a medias). Un saludo

    • jose_C dice:

      Teneis que ponerlo obligatoriamente a nombre de los dos las cantidades abonadas al promotor y si él no tiene obligación de hacer renta y no estan reteniendole nada, pues esa parte de la deducción se pierde.

  25. JESUS dice:

    COMO AFERTARA LA DEDUCCION EN LA RENTA 2008? SI MI PADRE VIENE RECIBIENDO ENTRE 800Y 900€ EN LA DEVOLUCION DE LA RENTA… SE VERA RECORTADA A LA MITAD??? O SEGUIRA IGUAL?? UN SALUDO

    • naiara dice:

      en ese caso seguirá igual, a el le devuelven, en ese caso le seguirán devolviendo lo mismo.
      otra cosa es que a el le tocara PAGAR 800-900, en ese caso los 400 se le deducirían
      (en otras palabras, si te toca pagar, pagarás menos, pero si te toca cobrar te quedas igual)…. mas o menos jeje

    • jose_C dice:

      Creo que no es el caso. Si anteriormente le estaban devolviendo entre 800-900 euros, con la nueva deducción esta seguirá en función de lo que le hayan retenido. Es decir, que si anteriormente le estaban reteniendo entre 800-900 y este año con la deducción le han retenido solo 400 eso será lo que le van a devolver, pero en el caso de que le estuviese reteniendo más de esa cantidad, pues le seguirán devolviendo lo mismo. No sé si me he explicado.

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