Category: valor catastral

Los contratos de renta antigua en el IRPF

renta antiguaLos contratos de arrendamiento de vivienda sometidos a prórroga forzosa en el IRPF (anteriores a 09-05-1985) siempre que no tengan derecho de revisión de la renta pueden disfrutar de una deducción fiscal que consiste en multiplicar por dos el gasto deducible en concepto de amortización por la depreciacion del inmueble.

La amortización máxima a aplicar por la depreciación de los inmuebles en el IRPF es el resultado de aplicar el porcentaje del 3 por 100 sobre el mayor de los siguientes valores:

a) Coste de adquisición, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición. (notaría, registro, IVA no deducible, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, gastos de agencia, etc.) sin incluir en el cómputo el valor del suelo. En las adquisiciones de inmuebles por herencia o donación, sólo tendrá la consideración de «coste de adquisición satisfecho» la parte de los gastos y tributos inherentes a la adquisición que corresponda a la construcción, así como la totalidad de las inversionesy mejoras efectuadas.

b) Valor catastral, excluido el valor del suelo.  Cuando no se conozca el valor del suelo, éste se calculará prorrateando el coste de adquisición satisfecho entre los valores catastrales del suelo y de la construcción de cada año reflejados en el correspondiente recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

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