En general, los contribuyentes por el IRPF están obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto, con los límites y condiciones reglamentariamente establecidos.
No obstante, no tienen obligación de declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta: Read more »
El plazo de presentación de las declaración de la renta correspondientes al ejercicio 2017, cualquiera que sea su resultado, será el comprendido entre los días 4 de abril y 2 de julio de 2018, ambos inclusive.
El plazo para efectuar la domiciliación bancaria de las declaraciones a ingresar podrá efectuarse desde el día 4 de abril de 2018 hasta el día 27 de junio de 2018, ambos inclusive. En estos supuestos La Agencia Estatal de Administración Tributaria comunicará la orden de domiciliación bancaria del contribuyente a la Entidad colaboradora señalada en la misma, la cual procederá, en su caso, el día 2 de julio de 2018 a cargar en cuenta el importe domiciliado, remitiendo, posteriormente, al contribuyente justificante del ingreso realizado que servirá como documento acreditativo de dicho ingreso.
Entre el 27 de junio y el 2 de julio, aun cuando no sea posible la domiciliación del pago del primer plazo, sí podrá domiciliarse el pago del segundo plazo.
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Mediante este servicio la Agencia Tributaria remite un mensaje SMS al número de teléfono móvil facilitado por el contribuyente, indicándole el número de referencia de Renta.
Este número de referencia le permitirá, desde el primer día de la campaña, gestionar los Servicios de Renta 2015 y siguientes.
Puede obtener su número de referencia de Renta mediante:
- La casilla 440 Renta 2015Ayuda
- Certificado electrónico
- Cl@ve PIN
- 05-04-2017 Inicio servicios telemáticos borrador / declaración. Información telefono RENTA
- Obtención del número de referencia del borrador y/o datos fiscales por Internet (RENØ / Certificado o Cl@vePIN) o por teléfono (901 12 12 24): 5 de abril al 30 de junio (24 h).
- Confirmación del borrador por vía electrónica:
- Internet, en el servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB): 5 de abril al 30 de junio (24 h).
- Teléfono, en el 901 200 345 ó 91 535 68 13: 5 de abril al 30 de junio (L a V de 9 a 21 h).
- Modificación del borrador por vía electrónica:
- Internet, en el servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB): 5 de abril al 30 de junio (24 h).
- Teléfono en el 901 200 345 ó 91 535 68 13: 5 de abril al 30 de junio (L a V de 9 a 21 h).
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La Agencia Tributaria ha abierto el plazo para poder presentar la declaración de la renta del ejercicio 2016. Desde esta fecha se pueden confirmar los borradores o confeccionar la renta con el novedoso sistema RENTA WEB. También se podrá presentar la declaración de renta en papel impreso a partir del 11 de mayo, si bien ya no se venden los formularios pre impresos y la declaración habrá de confeccionarse o bien con un programa informático o bien a través de la aplicación online RENTA WEB en la página de hacienda.