Casilla 737. Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda adquirida antes del 20 de enero de 2006
La normativa anterior del IRPF contemplaba un mejor tratamiento de la adquisción de vivienda habitual en sus dos primeros años, estableciendo unos porcentajes incrementados de deducción. Al haber cambiado dicha situación apartir del 20 de enero de 2006 (ya solo se permite una deducción del 15% salvo en Cataluña que lleva un régimen especial) la Ley contempló compensar de alguna medida a aquellos que realizaron la inversión con las expectativas de una determinada ventaja fiscal que se ve truncada al variarse el sistema.
CUANTÍA:
Dicha compensación está contemplada en la disposición transitoria primera de la Ley 51/2007 y consiste básicamente en la creacion de una deducción cuyo importe viene calculado de la siguiente forma:
- En primer lugar se calcula la deducción (en los tramos estatales y autonómicos) del importe que resultaría de aplicar las normas vigentes a 31 de diciembre de 2006.
- En segundo lugar se calcula la deducción (también en los tramos estatales y autonómicos) del importe que resulta de aplicar la nueva normativa.
- Por último se resta a la primera el importe de la segunda, obteniendo la compensacion aplicable. (Siempre que la cantidad sea positiva).
El importe que se obtiene se restará de la cutoa líquida total después de la deducción por doble imposición internacional. La cantidad así calculada figurará en la casilla 737 de la declaración de la renta.
CONDICIONES:
Los requisitos para que se pueda practicar esta deducción son los siguientes:
- Cuando la vivienda habitual se haya adquirido antes del 20 de enero de 2006 bajo la modalidad de utilización de financiación ajena. Se entiende que existe la financiación ajena cuanto se complen los suguientes requisitos:
- a) Que el importe financiado suponga, al menos, un 50 por 100 del valor de adquisición o de rehabilitación de la vivienda. En caso de reinversión por enajenación de la anterior vivienda habitual, el porcentaje del 50 por 100 se entenderá referido al exceso de inversión que corresponda.
- b) Que durante los tres primeros años del préstamo no se amorticen cantidades que superen en su conjunto el 40 por 100 del importe total solicitado.
- Que se cumplan los requisitos de la norma del IRPF vigente para 2007 para aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual.
Eduardo: me lo imaginaba. En cualquier caso, gracias por confirmármelo.
gracias por la ayuda,
Orlando, entiendo que la fecha de adquisición es la de la escritura que viene normalmente a coincidir con la fecha de entrega de la posesión. Saludos
ok muchas gracias Eduardo, y ahora mi siguiente duda, donde puedo ver que la vivienda ha sido adquirida antes de 2006? cuando di la primera letra para la compra o desde que firme la escritura?o sea como puedo justificar dicha compra. la escritura pone 20 febrero de 2006.
muchas gracias de nuevo.
Hola Orlando, hay un post que habla sobre la rectificacion de la renta despues de encontrar un error, miralo porque tiene instrucciones precisas para tu caso. Suerte
hola, yo soy de canarias me hicieron el borrador a mi mujer y a mi omitiendo la casilla 737 , y ya nos ha ingresado hacienda quisiera saber si puedo hacer algo.
gracias.
Hola Ana, yo entiendo que no porque para que el contrato se perfeccione necesitas la entrega de la posesión, y eso no se produce hasta que no haces la escritura de compraventa. Un contrato de arras no supone una compra perfeccionada a efectos civiles (y fiscales). Lo siento.
Para la compra de nuestra primera vivienda firmamos un contrato de arras por 3000 euros el 14 de enero de 2006, posteriormente pedimos la hipoteca en marzo del mismo año ¿se puede considerar la fecha del 14 de enero como la fecha de compra a efectos de solicitar la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda adquirida antes del 20 de enero de 2006?
hola mi duda es el momento de compra de un piso si es cuando se firma el contrato de compraventa con la promotora, en el que se indican los pagos a realizar y los realizados, asi como el plazo de entrega fisica de la vivienda que calculaban de 30 meses aunque en realidad fueron 38 meses .
o si si el momento de la compra es de la fecha de escrituras de las viviendas ya que el contrato se firmo en junio 2004 y las escrituras en julio de 2007.
esto es para saber si la cuenta ahorro vivienda finaliza a los 4 años de abrirse o en el momento de la compra de la casa y que momento se define como compra de la misma
Soy titular de una hipoteca junto con mis padres, hace aproximadamente 4 años… y a la hora de hacer la declaración sólo puedo poner mi parte que es el 33,33%. Soy yo la propietaria al 100% de la vivienda… y mis padres no tienen derecho a desgravar, pq se considera como una 2ª vivienda. Hay alguna forma de declarar yo la hipoteca al 100%, sin necesidad de hacer una nueva escritura? pq en definitiva soy yo la que paga mensualmente todos los recibos.
hola mi duda es la siguiente: durante este año fiscal e adquirido un ordenador para uso personal y en La Rioja(que es donde vivo) existe una deduccion de 100€. El otro dia recibi el borrador y me sale negativo ¿puedo reclamar esa deduccion? o solo es si la renta me hubiera salido a pagar?
Compré mi vivienda en Septiembre del 2001, y subrrogué la hipoteca en febrero del 2006 ampliando la cuantía para una reforma y mejorando sustancialmente el tio de interés. Mi preunta es: ¿Cual es la fecha válida en esta ley, la de la adquisición de la vivienda, o la de escritura de la última hipoteca?
Gracias.
Compramos la vivienda en febrero del 2005 en obra, pero la fecha de la hipoteca es de junio del 2006. ¿Tenemos derecho a esta compensación?
En 1998 mi padre adquirió la que es su vivienda habitual, tenía 60 años, y sigue pagando su hipoteca, estoy haciendole la declaración y creo que tiene derecho a la compensación de la casilla 737, pero ¿qué casilla debo rellenar, la qué corresponde a los 2 años siguientes, o la de los 2 años posteriores?, pues la deducción resultante, no es igual
Hola,adquirí un solar en 2004 y deduje por su adquisicón e ingresos en una cuenta vivienda en 2004 y 2005. El 17/10/2006 lo escrituré como obra nueva y firme una hipoteca para finalizar la contrucción, deduciendome en 2006 los tipos incrementados por adquisición de vivienda habitual con financiación ajena para su primer año. En 2007 terminé la casa y vivo en ella, pero creo no me puedo deducir los tipos incrementados porque escrituré e hipotecé con posterioridad al 20/01/2006 que fija la normativa. ¿existe alguna posibilidad de aplicar los tipos incrementados en 2007 y años sucesivos haciendo referencia a la fecha de adquisición del solar en 2004 o fecha de comienzo de las obras en 2005?
Esta compensación también existe en el Pais Vasco?
hola de nuevo no he explicado que ya entregue la declaracion del borrador y ya he cobrado pero me di cuenta de lo del 737 pq me lo conto un amigo, en hacienda me dijeron q hiciese el escrito pero la oficina de mi barrio tiene un trabajador q es un desganado y un mal educado ya me paso otra vez q entrega mal los papeles y tienes q volver hasta q te lo hace bien.
en hacienda me dijeron q hiciese el escrito con fotocopias de los papeles y asi hice, pero no se si eso vale para algo y de verdad te la revisan??.
sdos
A mi me ocurrió lo mismo. Presenté la reclamación con los papeles correspondientes y ahora, un año después, me contestan diciendo que tengo que pagar porque hice una ampliación del prestamo hipotecario para reformar la casa y ahora me cuestionan que la ampliación no fue para la adquisión de la vivienda. Alguien me puede decir si el importe de la reforma se puede incluir también en la deducción de la famosa casillas 737 como adquisición? Muchas gracias.
hola se han equivocado al hacerme el borrador y no me han incluido la casilla 737, he echo un escrito y lo he llevado a hacienda pero me ha parecido que van hacer caso omiso al escrito pq he visto q el operario de hacienda es un incompetente y no me queria coger el escrito y ha rellenado algo en el ordenador a puesto una pegatina y con malas formas me ha atendido, si veo q no me responden en el plazo de un mes, hago otra reclamación o espero mas tiempo?.
Me podrían informar si se ha perdido la compensación del alquiler de vivienda con anterioridad al 98, que se recogía en la renta del 2006.
Hola CArlos, siempre puedes solicitar la rectificación de la declaración de la renta mediante una instancia o escrito explicando cual es el error y justificando el mismo documentalmente. Saludos.
Me he dado cuenta que he metido la pata en la declaracion del año anterior (Renta 2006). En esta erronea declaracion salio negativa la cantidad de unos 1400 euros (es decir que ya cobre esta cantidad). Pero si hago la declaracion del 2006 correctamente, saldria la cantidad negativa de unos 1600 euros ( a cobrar esa cantidad ). Supongo que deberia de cobrar estos 200 euros que falta.
¿Cual es el procedimiento para realizar tal rectificacion que no sea online pq no tengo certificado?
lo siento no habia mirado bien si aparece y me lo han descontado
he presentado el programa padre y no apareca la casilla 737.me gustaria saber si una vez presentada la declaracion se puede reclamar
¡¡OJO!! la inclusión de datos fiscales con descarga con certificado de usuario NO te incluye ese apartado. De momento voy a tragarme la indignación que me produce.
Para Jose Luis, en el programa Padre está en el apartado de «Deducciones por vivienda habitual»—>Compensación por la deducción
En mi declaración 2007 no viene la casilla de compensación 737 que citan para la compensación de vivienda obtenida antes de enero de 2006 (la mía es de octubre de 2005), ¿por que?