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Mediante este servicio la Agencia Tributaria remite un mensaje SMS al número de teléfono móvil facilitado por el contribuyente, indicándole el número de referencia de Renta.
Este número de referencia le permitirá, desde el primer día de la campaña, gestionar los Servicios de Renta 2015 y siguientes.
Puede obtener su número de referencia de Renta mediante:
- La casilla 440 Renta 2015Ayuda
- Certificado electrónico
- Cl@ve PIN
- 05-04-2017 Inicio servicios telemáticos borrador / declaración. Información telefono RENTA
- Obtención del número de referencia del borrador y/o datos fiscales por Internet (RENØ / Certificado o Cl@vePIN) o por teléfono (901 12 12 24): 5 de abril al 30 de junio (24 h).
- Confirmación del borrador por vía electrónica:
- Internet, en el servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB): 5 de abril al 30 de junio (24 h).
- Teléfono, en el 901 200 345 ó 91 535 68 13: 5 de abril al 30 de junio (L a V de 9 a 21 h).
- Modificación del borrador por vía electrónica:
- Internet, en el servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB): 5 de abril al 30 de junio (24 h).
- Teléfono en el 901 200 345 ó 91 535 68 13: 5 de abril al 30 de junio (L a V de 9 a 21 h).
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La Agencia Tributaria ha abierto el plazo para poder presentar la declaración de la renta del ejercicio 2016. Desde esta fecha se pueden confirmar los borradores o confeccionar la renta con el novedoso sistema RENTA WEB. También se podrá presentar la declaración de renta en papel impreso a partir del 11 de mayo, si bien ya no se venden los formularios pre impresos y la declaración habrá de confeccionarse o bien con un programa informático o bien a través de la aplicación online RENTA WEB en la página de hacienda.
Este año la Agencia Tributaria ha adelantado todos los plazos más que nunca y ha liberado el programa el 06 de abril, un dia antes que el año pasado.
El programa no presenta grandes novedades y también calcula la declaración por introducción individual de los datos fiscales, permitiendo que dichos datos sean utilizados por primera vez el otro cónyuge en los supuestos más normales de percepción de rentas comunes a ambos (Rentas de inmuebles y ganancias y pérdidas patrimoniales). Read more »
Borrador.
- Este año los contribuyentes que, además de las rentas a que se refiere el artículo 98.1 de la Ley del IRPF, hayan obtenido durante el ejercicio rentas de cualquier otra naturaleza, excluidas las derivadas de actividades económicas, podrán obtener su borrador de declaración.
- Se mantiene el mecanismo de obtención del número de referencia para acceder al borrador y/o a los datos fiscales, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, mediante el Servicio de tramitación del borrador/declaración, debiendo consignar para ello el Número de Identificación Fiscal (NIF) del obligado tributario u obligados tributarios, el importe de la casilla 490 de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2014 y el número de teléfono móvil en el que se desee recibirlo mediante SMS.
- También se podrá seguir accediendo al borrador o a los datos fiscales directamente, a través el Servicio de tramitación del borrador/declaración de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando certificados electrónicos reconocidos y mediante el sistema Cl@ve. • En el supuesto de obtención del borrador de declaración por la opción de tributación conjunta deberá hacerse constar también el Número de Identificación Fiscal (NIF) del cónyuge y su número de referencia.
- Los contribuyentes, una vez hayan obtenido el número de referencia, podrán acceder a su borrador a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración, desde dónde podrán confirmar el borrador de declaración o, en su caso, modificarlo y confirmarlo.
Autoliquidación
- Los contribuyentes que realicen actividades económicas deberán necesariamente cumplimentar sus declaraciones a través del programa de ayuda (PADRE).
- Asimismo como en la anterior campaña para presentar la autoliquidación, por vía electrónica a través de Internet cualquiera que sea su resultado y, en su caso, la forma de pago (con o sin domiciliación bancaria) los contribuyentes podrán utilizar además del número de referencia, el sistema de identificación y autenticación basado en certificados electrónicos reconocidos o el sistema Cl@ve.
- Se mantiene la posibilidad de presentación de las declaraciones en papel impreso obtenido a través del programa PADRE o a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración, si bien en esta campaña para la impresión a través del programa PADRE desarrollado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria será necesario disponer de conexión a Internet.
Pago
Se mantiene en las declaraciones con resultado a ingresar la posibilidad de que el contribuyente pueda obtener el Número de Referencia Completo (NRC) de la entidad colaboradora de forma directa (bien en sus oficinas o a través de los servicios de banca electrónica de la entidad) o por vía electrónica utilizando un certificado electrónico reconocido o el sistema Cl@ve. Los contribuyentes que, al fraccionar el pago, no deseen domiciliar el segundo plazo en entidad colaboradora, deberán efectuar el ingreso de dicho plazo hasta el día 7 de noviembre de 2016, inclusive, mediante el modelo 102.
Este año disponemos del Manual de Renta 2015 unos dias antes de lo previsto. Es una versión provisional, pero no que diferirá mucho de la versión definitiva que estárá liberada a principios de abril
Como el pasado año, Hacienda nos ha permite descargarnos el manual a principios de abril. Cada año el manual gana páginas y ese año no es una excepción, ya que el Manual de Renta 2014 tiene 86 páginas más que el año pasado, alcanzando la suma de 1090 páginas. Esto demuestra que pese a las promesas de nuestros políticos por simplificar nuestras obligaciones fiscales un año más, las mismas no hacen más que complicarse.
Como el año pasado tiene dos partes, una para la Declaración de la renta 2015 (capítulos 1 a 18) y otra para la declaración del patrimonio 2015 (capítulos 19 y 20).
Cada uno de estos bloques tiene un apéndice normativo que recoge la ley y reglamento de cada uno de estos tributos, con referencia a la normativa autonómica que los regula. Este apéndice viene perfectamente concordado, con anotaciones de interés que nos hará mas fácil su aplicación.
A fecha de hoy no se ha publicado la guía explicativa del impuesto, aunque esperemos que la Agencia lo haga en breve. Dicha guia viene explicando de forma exhaustiva cada uno de los apartados de las 15 páginas de la declaración, y los siete anexos que la acompaña. También contiene un anexo con tablas de interés (amortizaciones, códigos de territorios, módulos aplicables a 2015, etc). Imprescindible ante cualquier duda en la cumplimentación. Read more »
- 06-04-2016 Inicio servicios telemáticos borrador / declaración. Información teléfono RENTA
- Obtención del número de referencia del Borrador y/o Datos fiscales (RENØ) por Internet o por teléfono (901 12 12 24 ) : 6 de abril al 30 de junio (24 h).
- Confirmación del borrador por vía electrónica:
- Internet, en el servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB): 6 de abril al 30 de junio (24 h).
- Teléfono, en el 901 200 345: 6 de abril al 30 de junio (L a V de 9 a 19 h).
- Modificación del borrador por vía electrónica:
- Internet, en el servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB): 6 de abril al 30 de junio (24 h).
- Teléfono en el 901 200 345: 6 de abril al 30 de junio (L a V de 9 a 19 h).
- Descarga gratuita del Programa PADRE por Internet.
- Presentación de declaraciones Renta 2015 confeccionadas con Renta WEB (excepto si el contribuyente tiene actividades económicas), con el programa PADRE o con otros programas informáticos homologados, exclusivamente por Internet: 6 de abril al 30 de junio (24h).
- Presentación de declaraciones de Patrimonio 2015, exclusivamente por Internet: 6 de abril al 30 de junio (24h).
- Servicio telefónico de Información Tributaria de RENTA, 901 33 55 33 (L a V de 9 a 19h; este servicio permanecerá todo el año).
- 04-05-2016 Inicio servicio de Cita Previa
- Petición de Cita Previa para confección de declaraciones y modificación de borradores:
- Internet (24h): 4 de mayo al 29 de junio.
- Teléfono en el 901 22 33 44 (L a V de 9 a 19h): 4 de mayo al 29 de junio.
- 10-05-2016 Inicio de la atención presencial (confección / modificación y presentación borradores / declaraciones) en Oficinas:
- Inicio del servicio de confirmación / modificación de borradores en oficinas de la Agencia Tributaria y de otras administraciones (CCAA y CCLL) que colaboran en la prestación del servicio, PREVIA CITA: 10 de mayo al 30 de junio.
- Inicio del servicio de confección / presentación de declaraciones en oficinas de la Agencia Tributaria y de otras administraciones (CCAA y CCLL) que colaboran en la prestación del servicio: PREVIA CITA: 10 de mayo al 30 de junio. Teléfono en el 901 22 33 44 (L a V de 9 a 19h): 4 de mayo al 29 de junio.
- 25-06-2016 Fecha límite domiciliación bancaria
- Último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria.
- 29-06-2016 Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas
- Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas.
- 30-06-2016 Último día de Campaña de Renta 2015
- Último día para presentar borradores / declaraciones de Renta 2015 y de Patrimonio 2015.
FIN DE LA CAMPAÑA DE RENTA 2015
- 07-11-2016 Último día segundo plazo
- Último día para realizar el pago del segundo plazo de la cuota del Impuesto sobre la Renta 2015.
Este año la Agencia Tributaria ha adelantado todos los plazos más que nunca y ha liberado el programa el 07 de abril.
El programa no presenta grandes novedades y también calcula la declaración por introducción individual de los datos fiscales, permitiendo que dichos datos sean utilizados por primera vez el otro cónyuge en los supuestos más normales de percepción de rentas comunes a ambos. Estos supuestos son los siguientes: Read more »